El evento impone un plazo «excesivamente breve, de solo diez días», para poder solicitar el reembolso
CARTAGENA (MURCIA), 9 (EUROPA PRESS)
FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Rock Beasts SLU, la promotora del Rock Imperium Festival que se celebró del 26 al 29 de junio en el parque El Batel de Cartagena, por cobrar un euro de gastos de gestión por devolver el dinero no consumido de las pulseras cashless, único método de pago del evento, e imponer un plazo «excesivamente breve» para solicitar el reembolso. La denuncia ha sido presentada ante la Dirección General de Consumo de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de la Región de Murcia, según han informado fuentes de la federación.
Desde FACUA han apuntado que la página web del festival señala que «las devoluciones del dinero sobrante en la pulsera irán llegando a partir del 17/07/2025, (tendrán un coste de gestión de 1 euro)», y se indica que el periodo habilitado para solicitar la devolución será del 1 al 10 de julio.
En este sentido, han denunciado que la organización «no sólo impone al consumidor la utilización de un sistema de pago concreto dentro del recinto donde se desarrolla este evento, sino que también les impone una comisión para recuperar el dinero ingresado en este sistema de pago».
A este respecto, FACUA ha apuntado que la organización «está obligada a aceptar el pago en efectivo» y que este «es un método de pago legal y estas restricciones tienen un impacto negativo para los consumidores».
Para FACUA «se trata de una práctica no consentida expresamente, que atenta a la buena fe de los asistentes al festival» que iría en contra de lo que indica el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
También han apuntado que si el consumidor no actúa para solicitar la devolución del importe acumulado en la pulsera cashless, «el empresario obtendrá un enriquecimiento injusto al apropiarse de la cantidad íntegra no consumida».
Así, el apartado segundo del artículo 1.964 del Código Civil, establece un plazo de cinco años para aquellas acciones que deriven de una relación contractual. Teniendo en cuenta ello, cualquier plazo impuesto por la mercantil ha de compararse con el plazo legal de 60 meses (cinco años),han señalado.
Por todo ello, FACUA ha pedido a la Dirección General de Consumo de la Región de Murcia que abra un expediente sancionador contra la promotora del Rock Imperium «por vulnerar la normativa vigente en materia de defensa de derechos de los consumidores y usuarios».
De igual forma, la asociación señala a los usuarios que se hayan visto afectados por irregularidades de este tipo en eventos a los que hayan acudido o tengan previsto acudir que pueden ponerlo en conocimiento de la organización para que realice las correspondientes actuaciones.
